22 abr 2012

UNIDAD II

UNIDAD II
EL EJERCICIO PROFESIONAL EN LA CARRERA DEL TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO

COMPETENCIA GENERAL

Valorar la Importancia de las Diferentes Dimensiones del ejercicio Profesional de un Técnico Superior Universitario:

Un profesional técnico universitario cuida su ética, sus valores, los conocimientos fundamentales en el ámbito de las organizaciones y su funcionamiento, competente para aplicar los métodos de administración de manera oportuna en cuanto a la planificación, organización, y supervisión de empresas del sector público y privado.
Solida formación humanística, social y técnica que le facilita al estudiante el conocimiento y la predisposición para afrontar y resolver problemas vinculados con la realidad humana.
Es una persona que entiende todo sobre los negocios y los contextos de este.
Organizado y planificador de las actividades propias de su ejercicio profesional.

COMPETENCIAS  ESPECÍFICAS

Identificar las Dimensiones del Ejercicio Profesional de un Técnico Superior Universitario:

  Es un  profesional responsable y creativo, autónomo y flexible preparado para ocupar puestos determinados dentro de un amplio espectro de especialidades basadas en un eje común; de ahí la importancia de promover el título como la cristalización de un saber y un saber hacer comprometidos con el desarrollo y la innovación, que son los cuatro ejes fundamentales que orientan el modelo educativo que las sustenta y les da vida en el marco de la comunidad que las rodea.

Establecer una Conducta Reflexiva y Crítica sobre estas Dimensiones:


  Elaborar proyectos, estudios, informes y asesorías y cualquier otra actividad, de conformidad con nuestro alcance, respetando la consulta o asesoría requerida, en cumplimiento con las disposiciones obligatorias que regula la Ley, evitando así acciones dolorosas, inexactas o cualquier otra que incurra en faltas graves al honor y el ética.

·  Proceder con plena conciencia y no por coacción, conveniencia o manipulación amistosa, dispensando con respeto al cargo que desempeña en forma oportuna, rápida y eficiente sin prejuicios ni discriminación.

Establecer los Aspectos Legales que Regulan el Ejercicio Profesional del Técnico Superior Universitario:

·  Solicitar o prestar servicios profesionales con remuneraciones acordes a las establecidas por la Ley y el propio colegio.

·  Procurar que todo desempeño profesional se realice con plena diligencia y profundidad, estableciendo criterios reales y factibilidad cierta de los mismos.

·  Avalar, firmar y aprobar cualquier documento elaborado por otro profesional, previa consulta y verificación del referido, asumiendo total responsabilidad, dirección y supervisión que amerite.

·  Hacerse cargo de las actividades profesionales en tanto y cuento se hayan realizado los estudios técnicos, administrativos o de cualesquiera otras áreas del saber compatibles al cargo, pudiendo determinar la responsabilidad de asumirlas con plena conciencia de su actividad e integridad.

·  En las relaciones interprofesionales se interpondrá la buena fe, capacidad y el profesionalismo de nuestros colegas.

·  Utilizar las prerrogativas que goce el desempeño de sus funciones remuneradas para colaborar o ayudar a sus colegas y no para competir y perjudicarlos.

·  En el ejercicio de sus funciones, evitar u ofrecer comisiones o remuneraciones indebidas o impropias, abstenerse de solicitar influencias para obtener trabajos, privilegios o del cualquier otra providencia incorrecta.

·  El T.S.U. procurará mantener en alta estima el ejercicio de su profesión en base a la capacidad, responsabilidad y eficiencia, honorabilidad y moral, mas no a través de mecanismos o intereses subalternos, bien sea para hallar y/o mantener un empleo, contrato o relación laboral que posea.

·  Intervendrá en forma directa o indirecta en la protección de los recursos naturales, respetando los mecanismos para evitar el deterioro ambiental, incluso el recinto laboral.

·  Defenderá la contratación de profesionales para ejercer sus funciones que cumplan con las Leyes de la República y las normas de colegiación, orientando a quienes aún no estén agremiados para que lo hagan, fortaleciendo tu gremio como respaldo.

·  El Colegio de Técnicos Superiores es un cuerpo moral y por consiguiente todos sus agremiados, quienes serán guardianes del interés superior de los mismos, fomentado la unidad, el desarrollo, el progreso y la alta estima de cada uno de los profesionales, con honor y dignidad merecida.


CONTENIDO:

El Ser, Conocer, Hacer y Convivir del Técnico Superior Universitario:

Aprender Ser

Representa la personalidad, la autoestima, el juicio crítico, la autonomía, la independencia, el respecto, la sinceridad, la responsabilidad, el pensamiento lógico y una inteligencia emocional que asegure una adaptación a las cambiantes circunstancias del medio.
Aprender a Conocer

Es el constante “aprender a aprender”, el auto aprendizaje, la cultura, los conocimientos adquiridos, las formas de comunicación, la necesidad de buscar la información (informarse) y el dominio de los idiomas, lo que asegura un constante aprendizaje en la vida.
Aprender a Hacer

Constituye la forma de enfrentar las situaciones que se presentan, a través de una motivación, perseverancia, iniciativa, razonamiento critico, pensamiento sistémico, la búsqueda de soluciones, el uso eficiente de los recursos y la adaptación a los cambios.

Aprender a Convivir

Representa la vida en sociedad, las interrelaciones, la comprensión de los demás, el trabajo en equipo, el saber expresarse y comunicarse, el respeto, la cooperación y la solidaridad.


El Ejercicio Profesional y el Estado Democrático.

Los  tres niveles de análisis de cualquier sistema normativo y en este caso de un código deontológico, pueden provocar más sorpresas de las que en principio parecería. El primer nivel plantea la pura descripción normativa que es más o menos sencilla. En el segundo y tercer nivel, las conclusiones a las que cabe llegar dependen a su vez de puntos de vista muy relevantes; particularmente, como siempre que se habla de normas, de si se adopta un punto de vista externo o interno.

Controles del Estado  en la Gestión Profesional

En los últimos cinco años, en Venezuela se ha profundizado el proceso de modernización de la Administración Pública, generándose cambios a todos los niveles, justificados, ineludibles e inaplazables y de una forma acelerada. En este escenario planteado, se entiende la incidencia del proceso reformista en los aspectos administrativos y financieros que involucra a todos los entes y órganos del sector público.

El propósito de la Especialización de Gestión y Control de las Finanzas Públicas es de formar ética e integralmente profesionales y técnicos, con los conocimientos, herramientas y destrezas suficientes para su desempeño como especialistas en el área de la Gestión y Control de las Finanzas Públicas; altamente calificados, con sentido ciudadano, promotores de cambios sociales, políticos y económicos; todo ello enmarcado en una política académica unificadora de la enseñanza, la generación de conocimientos y la pertinencia social.

Constitución Bolivariana de Venezuela

Constitución de Venezuela de 1999 (nombre oficial: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El Presidente de la República y sus seguidores la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de la Quinta República de Venezuela.


Ley de la Contraloría General de la República

Tiene por objeto regular las funciones de la Contraloría General de la República, el Sistema Nacional de Control Fiscal y la participación de los ciudadanos en el ejercicio de la función contralora.

Ley de Carrera Administrativa

Tiene por objeto la regulación del sistema de empleo público y el establecimiento de los principios básicos que deben regular el ejercicio de la gerencia pública. Quienes prestan servicios personales remunerados, con vinculación legal y reglamentaria, en los organismos y entidades de la administración pública, conforman la función pública. En desarrollo de sus funciones y en el cumplimiento de sus diferentes cometidos, la función pública asegurará la atención y satisfacción de los intereses generales de la comunidad.

La Ley Orgánica del Trabajo

Tiene como función proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras, sin excluir a ningún sector

El Código de Ética de los Empleados Públicos

Su objeto fundamental se basa en normar la conducta de los servidores públicos respecto a los principios éticos que han de regir el ejercicio de las funciones que desempeñan en la administración pública nacional.







Decretos y Reglamentos Vigentes

La Legislación Venezolana, ha cambiado dramáticamente en los últimos años. A raíz de la promulgación del Nuevo Texto Constitucional, mayores y más profundos cambios están por venir. El Código Civil vigente en su Artículo 2° establece: "La ignorancia de la Ley no excusa de su cumplimiento". Por otro lado; el Código Penal vigente, en su Artículo 60 establece: " La ignorancia de la Ley no excusa ningún delito o falta". Ambos preceptos son principios fundamentales de derecho, derivados de la ficción necesaria de que la Ley es universalmente conocida desde su promulgación. Verificada la publicidad, queda satisfecha la necesidad social que impone tal solemnidad, puesto que el ciudadano queda; si no enterado de la ley, al menos habilitado para conocerla. La carencia de conocimiento no puede mermar la obligatoriedad de la Ley. La autoridad pública pone las leyes al alcance de los ciudadanos, quienes pueden enterarse de ellas por sí mismos o por medio de terceros. Es, realmente necesario que el ciudadano conozca las leyes; pero sabemos que es materialmente imposible que todos los habitantes puedan conocer con la prontitud del caso las leyes que se dicten.







Código Penal

El Código Penal Venezolano es el conjunto unitario y sistematizado de las normas jurídicas punitivas de Venezuela, es decir, es un detallado pero preciso código que regula las actividades en materia penal.


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